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Sentencia favorable al Ayuntamiento de Camaleño

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Tres de Santander dictó, el pasado mes de septiembre, sentencia favorable al Ayuntamiento de Camaleño en el litigio mantenido con la empresa "Construcciones Manuel Díaz Ruiz, S.A.", que reclamaba una indemnización de 3.107.049,54 euros como consecuencia de los daños que estimaba se le habían producido por la anulación de la licencia de obras, inicialmente concedida, para construir catorce viviendas unifamiliares en Turieno.

La sentencia se basa en que la licencia otorgada establecía como condición resolutoria que la constructora debía presentar, en el plazo de dos meses, un proyecto de ejecución y como "tal proyecto no se presentó, las consecuencias de la edificación solo podrán recaer sobre la mercantil recurrente, quien a su riesgo y ventura asumió la construcción sin contar con la preceptiva autorización".

Los hechos se remontan a1 14 de febrero de 2003 cuando el Ayuntamiento de Camaleño concedió licencia de construcción a la citada empresa para edificar catorce chalets en la unidad de actuación "La Huertona", en Turieno. Posteriormente, la licencia de obras fue anulada por el Ayuntamiento, anulación confirmada por sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Santander el 3 de abril de 2006 y ratificada por otra del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria del 20 de abril de 2007.

A raíz de esta anulación, la constructora demandó al Ayuntamiento el resarcimiento de los daños causados, al entender que razones ajenas a la empresa (la anulación de las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Camaleño por sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2003) eran las que habían provocado la anulación de la licencia y los consiguientes daños. El Ayuntamiento, mediante resolución de septiembre de 2008, desestimó la reclamación de Construcciones Manuel Díaz, que recurrió ante los tribunales reclamando 3.107.049,54 euros. La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Tres que comentamos ha dado ahora la razón al Ayuntamiento, si bien lo determinante es que la constructora no presentó el proyecto de ejecución de la obra en los dos meses siguientes a la concesión de la licencia, tal y como debía hacer según se establecía en ésta.

La sentencia ya es firme, al no haber recurrido Construcciones Manuel Díaz Ruiz, S.A. en el plazo que tenía para hacerlo.

Termina, así, un largo proceso judicial, con sus correspondientes gastos, que podía haber supuesto, de haberse perdido, prácticamente la quiebra del Ayuntamiento, ya que la indemnización solicitada se acerca al triple del presupuesto municipal de 2010 que es de 1.214.805,87 euros.


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