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23 de septiembre de 1936

23/09/2026. Gabino Santos Briz

Al cumplirse 90 años de la Guerra Civil española, nos proponemos acercarnos a su desarrollo en Liébana, haciendo un recorrido casi diario por los acontecimientos

Anterior: 22 de septiembre de 1936.           Inicio: 17 de julio de 1936.

Clicerio Gutiérrez Sebrango, natural de Potes, es "paseado" en la zona de Piedras Luengas. Había sido alcalde de Barreda (Torrelavega) durante la dictadura de Primo de Rivera y, en 1936, parece que estaba afiliado a Falange Española, habiéndose refugiado en Liébana para huir de posibles represiones en Torrelavega. Este día fue sacado de su domicilio en Potes para llevarle a declarar pero, en realidad, fue conducido a Piedras Luengas y asesinado allí. Alguna fuente sitúa el asesinato en diciembre.

También es detenido este día Constantino Bayón, párroco de Cosgaya, de 53 años, natural de Nava de los Caballeros (León), y conducido al Comité de Espinama. Según algunas versiones, junto a él fue detenida una sobrina, pero otras lo niegan. En cualquier caso, ambos serán víctimas en unos días, como veremos, de un nuevo crimen.

En la noche de este día al 24, es ingresado en Valdecilla un joven de 24 años, procedente de Liébana, con fractura de cráneo «producida en accidente casual», atropellado por un automóvil. Los datos no están claros. El nombre aparece como José "Piaje" Martínez y la localidad "Leo (Potes)", en La Voz de Cantabria pero el primer apellido es "Braja" en El Diario Montañés. Tampoco de dónde era: además de ese desconocido pueblo de "Leo", se habla de Viñón, en un periódico y de Lon en otro.

Por la Dirección General de Justicia se cesa a los jueces y fiscales municipales de toda la provincia «desde que se publique en el Boletín Oficial de esta provincia los nombramientos de los que hayan de reemplazarlos», autorizándose al Director General de Justicia a hacer esa renovación eligiendo el candidato de una terna que le presente el Frente Popular correspondiente. La medida se justifica en que «la administración de justicia debe de responder a las necesidades de cada momento, en defensa siempre de los intereses del Gobierno legal de la República y de los derechos legítimos del pueblo».

La de Agricultura, para despejar dudas sobre su orden del día 16, y para sostener las restricciones en el sacrificio de cerdos y terneros, «a pesar de los pequeños perjuicios individuales que esta medida pueda originar», otorga unas instrucciones que establecen la prohibición del sacrificio de cerdos de menos de 75 kilos en canal; el de terneros de raza tudanca o similar de menos de 40 kilos también en canal y el de terneros holandeses, suizos y mixtos de menos de 55 kg/canal.

Por su parte, la Dirección General de Instrucción Pública advierte a todos los Frentes Populares y ayuntamientos de la provincia que, «próxima la apertura de curso en las escuelas nacionales, es preciso y necesario que todos los locales-escuelas se hallen en condiciones para el momento en que hayan de utilizarse», debiendo proceder a los arreglos necesarios, «bien entendido que cuantos gastos se originen serán de cuenta de los Frentes Populares y Ayuntamientos».


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